miércoles, 9 de marzo de 2022

Rieznik, Jorge c/ Tres Cruces S.A. y otro s/ ordinario

 

SENTENCIA
30 de Diciembre de 2021
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Sala C
Magistrados: Eduardo R. Machín - Julia Villanueva
Id SAIJ: FA21131407
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SUMARIO

Los diversos pedidos de asignación de turnos formulados por el recurrente a través del correo electrónico institucional del juzgado, interrumpen el curso de la caducidad de instancia, toda vez que dichos turnos eran necesarios para que la Secretaría del juzgado pudiera recibir las cédulas de notificación del traslado de la demanda, por medio de un mecanismo que debió implementarse a raíz de la situación creada por la pandemia de Covid-19. Y a pesar de que la notificación estaba pendiente al tiempo de la resolución recurrida y que aún no se trabó la litis en el proceso, lo cierto es que, dentro del plazo de caducidad, el actor hizo las peticiones necesarias para hacer avanzar el proceso, y eso es lo que objetivamente queda en evidencia.


Fuente del sumario: SAIJ

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